Primero: Queda modificada la decisión apelada, dictada por el tribunal de protección de niños, niñas y adolescentes de esta circunscripción judicial, el 06 de mayo del 2009, que declaró sin lugar los daños morales y la perdida de la calidad de vida, y con lugar los daños materiales en contra de la empresa Promociones Roan C.A.-
Segundo: Declara desistida la apelación interpuesta por la parte demandante Ángel Custodio García Andrade y Ana Cecilia Quintero de García, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 2.807.547 y V-5.659.470 y la adolescente Mariangeles del Pilar García Quintero, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-25.497.880.-
Tercero: Parcialmente con lugar la apelación interpuesta por la parte demandada empresas Promociones Roan C.A.-