Primero: Declara sin lugar la apelación interpuesta por la representación de la accionante, ya identificados, en diligencia del 31 de octubre de 2006.
Segundo: Queda confirmada la decisión apelada, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 11 de octubre de 2006, que declara improcedente la demanda interpuesta por el Abogado Tulio Ernesto Largo, actuando como apoderado de Lucia Elizabeth Patiño, contra Bautista Pérez Mendoza y Martha Gómez Quintero, por Nulidad de Venta con Pacto de Retracto.
Tercero: Condena en costas a la recurrente de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.