Es por todo lo anteriormente expuesto, que este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO:SE REPONE la causa al estado de nueva admisión de la demanda, disponiendo la apertura de causas separadas respecto de cada una de las sociedades demandadas.
SEGUNDO: SE DECLARA NULO todo lo actuado hasta la presente fecha, en la presenta causa. Los pagos que hayan sido aceptados por las demandadas, se imputarán al monto de la obligación, sea que en definitiva, cance con ello el monto total de la obligación o represente un abono.
TERCERO: Se REVOCA la decisión dictada en fecha 24 de abril de 2013, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del tránsito de esta Circunscripción Judicial.
CUARTO: por la naturaleza de la decisión NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS ni del juicio n.....