PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA, realizada por la Fiscalía Decimonovena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la aprehensión del adolescente (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), identificado supra; por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado, previsto en el artículo 453 ordinal 4° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano A.A.R.; por considerar que se encuentran llenos los extremos previstos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; no obstante, se deja expresa constancia que las actuaciones relacionadas con la detención del adolescente (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), fueron presentadas fuera del lapso legal por parte de la representante Fiscal, toda vez que se aprehensión se produjo aproximadamente a las 05:50 horas de la mañana del día 30 .....