En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide:
ÚNICO: DECRETA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL Y EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de PERSONA POR IDENTIFICAR, por la presunta comisión del delito de OBTENCION INDEBIDA DE BIENES Y SERVICIOS, previsto y sancionado en el articulo 15 de la ley especial contra los delitos informáticos, vigente para la fecha de los hechos, en el cual resultó como víctima: ciudadano MARCO TULIO BALZA MORA, venezolano titular de la cedula de identidad N° 1.570.478; solicitud que se fundamenta en lo previsto por el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con lo establecido en los artículos 48 numeral 8 eiusdem.
Publíquese, regístrese, déjese copia para el archivo del Tribunal y notifíquese a.....