DECISIÓN
Por las razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Carmen J. Zambrano C., en carácter de Defensora Pública del acusado Rubén Darío Agudelo Carrascal.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada en fecha 01 de agosto de 2016, y publicada en fecha 23 de marzo de 2017, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Función de Juicio, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual, entre otros pronunciamientos, condenó al acusado Rubén Darío Agudelo Carrascal, a cumplir la pena de doce (12) años y seis (06) meses de prisión, por el delito de Extorsión, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión.