Decisión: Por todos los razonamiento anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículos 76, 73.4 y 74 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda declinar a el Juzgado de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, el conocimiento del presente asunto penal signado con el N° LP01-P-2016-0004567, seguido en contra del penado YORDI JOSE RONDON JIMENEZ, venezolano, Nacido en fecha 11/11/1995, NATURAL DE Valencia Estado Carabobo, de 20 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad n° V-24.442.414, grado de instrucción primer Año, ocupación trabajo Ayudante de Albañil, hijo de Tibisay Jiménez (v) y el padre Francisco Rondón (v), domiciliado en: Lagunillas Sector La Sábila, calle 5, casa 13. Color de la vivienda verde sin rejas puerta negra, Mér.....