DECLARA CON LUGAR, el divorcio por mutuo consentimiento de los ciudadanos EUGENIO FLOREZ CALDAS y ELSA LILIANA GUZMAN SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-23.176.494 y V-23.148.875 en su orden, con domicilio en Capacho nuevo carrera cuatro número 4-38 Capacho Nuevo y el Abejal vereda 9 casa sin número del Estado Táchira, respectivamente, conforme a los lineamientos dictados por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la sentencia con carácter vinculante N° 693 de fecha 02 de junio de 2015.
En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos mediante acta de matrimonio Nº 83, de fecha 21 de agosto del año 2017, expedida por el Registrador Civil Municipal de Guásimos del estado Táchira.