Este Tribunal Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: Acepta la COMPETENCIA para conocer y decidir del presente Amparo Constitucional.
SEGUNDO: Se ORDENA dictar Despacho Saneador en la presente causa y para tal fin se le otorga un lapso de 48 horas desde la presente sentencia a la parte accionante.