Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 12 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA DE DESALOJO INTERPUESTA por RAFAEL ANGEL CARVAJAL HIDALGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 180.959, domiciliado en la Carrera 11 de la Concordia, Casa No. 4-35, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, contra el ciudadano RAMÓN ALI RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 5.646.306, de este domicilio. En consecuencia, el ciudadano RAMÓN ALI RAMIREZ, debe HACER ENTREGA A LA PARTE DEMANDANTE DEL INMUEBLE DADO EN ARRENDAMIENTO, LIBRE DE.....