ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, EN LA APREHENSIÓN del ciudadano : OTONIEL JOSÉ PARGAS MONTILLA, quien dice ser de nacionalidad venezolana, mayor de edad, Caracas Distrito capital , nacido en fecha 25-03-1981, de 28 años de edad, hijo de Daniel Pargas (v) y de Fanny Montilla (v) titular de la cedula de identidad N° V-17.829.437, de estado civil soltero, de ocupación vendedor de frutas, residenciado Cúcuta, departamento Norte de Santander República de Colombia, en la presunta la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal y 16 de la Ley Sobre armas y explosivos, y el delito de FALSA ATESTACIÓN previsto y sancionado en el encabezado del artículo.....