este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DEL RÉGIMEN, impuesto al ciudadano: ANDELFO NIÑO VILLAMIZAR , venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nr. 9.146.862 y residenciado en el Diamante, Vía Delicias, Municipio, Estado Táchira, por el delito de: HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 8 del Código Penal, en perjuicio de RAFAEL DELGADO ROA y en consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tales hechos punibles, y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.