Por la motivación antes expuesta este SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria interpuesto por la parte actora ciudadana Johanmary Daniela Rivero Millán, identificada con la cédula N.° V.-12.694.662, por medio de su apoderado Judicial abogado Fabián Esteban Torres Molina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N.° 232.952, sobre la experticia complementaria del fallo presentada el 23 de noviembre de 2021, por la Licenciada Rosalba Bianqui, identificada con la cédula N.° V.-5.031.514, en el proceso que tiene interpuesto en contra de la entidad de trabajo Cadena de Tiendas Venezolanas CATIVEN, S. A, ahora Red de Abastos Bicentenario, S. A., por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros derechos laborales. SEGUNDO: No hay condenatoria en.....