PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por el Ministerio Publico en contra del acusado JOSE GREGORIO CEBALLOS SAYAGO, quien dice ser de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Rubio estado Táchira, nacido en fecha 10 de octubre de 1967, de 43 años de edad, hijo de Aurelina Sayago (f) y de José Ceballos (v), titular de la cédula de identidad V-9.149.487, soltero, de profesión u oficio electricista de mantenimiento, domiciliado Rubio La Victoria parte alta calle 21 avenida 4 y 5 casa N° 4-98 teléfono 0414-7633872, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL HURTO O ROBO previsto y sancionado en el artículo 9 de la ley Sobre el Hurto y Robo de vehículos, de conformidad a lo establecido en el artículo 330 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE las pruebas ofrecidas por el representante del Ministerio Publico y las de la defensa que rielan al folio 98 del expediente, por considerarlas licitas,.....