Por las anteriores razones y consideraciones de hechos y de derecho, este Tribunal Dos de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Extensión San Antonio del Táchira, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: UNICO: Declara con lugar la Medida de Protección solicitada por la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Estado Táchira y la cual consistirá en proveerle a los ciudadanos 1.- GERGES ALBAN SANGUINO ZAMBRANO, de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-10.174.263, residenciado en la Unidad Vecinal bloque 6 apartamento 13 teléfono 0414-753457, y 2.- PEDRO FELIPE MEDINA PULIDO de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-17.108.276, residenciado en EL Sector San Rafael vereda 4,bis, pasaje Rivas, N° B-122 Municipio Cárdenas teléfono 0416-1700477 , por un lapso de tres(03) meses a partir de la presente fecha, a los cu.....