EN CONSECUENCIA, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: DESESTIMA LA FLAGRANCIA, EN LA APREHENSIÓN del ciudadano YON ALEXANDER CONTRERAS BLANCO, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, natural de Cúcuta, Norte de Santander, nacido en fecha 15 de Agosto de 1973, de 35 años de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nº 88.191.278, soltero, hijo de Pedro Antonio Contreras (v) y Ana de Dios Blanco (v) de profesión u oficio costurero, residenciado en Cúcuta, República de Colombia, en la presunta comisión de los delitos de ACOSO U HOSTIGAMENTO Y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los artículos 40 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Marianella Sepulveda, por.....