PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del ciudadano: JOSE FERNANDO SALAMANCA MARTINEZ, quien dice ser de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, natural de San Cristóbal Estado Táchira, nacido en fecha 10 de Mayo de 1981, de 28 años de edad, hijo de Yudith Maritza Martínez (v) y José Evelio Salamanca Becerra (v), titular de la cedula de identidad N° V.- 14.873.827, soltero, de profesión u oficio chofer, residenciado en la calle principal pasaje cumana N° 13-47, San Cristóbal Estado Táchira, teléfono 0424-9463672; por la presunta comisiona del delito de CONTRABANDO DE INTRODUCCION, previsto y sancionado en el artículo 2 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando, en perjuicio del Estado Venezolano, por encontrarse que están llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se Ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico procesal Penal, ordenándose la.....