En consecuencia y en virtud de los antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JAUREGUI, ANTONIO ROMULO COSTA, SEBORUCO, JOSE MARIA V ARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia acuerda:
PRIMERO: Se declaran las actuaciones suficientes para asegurarle a los ciudadanos: HILDA DEL CARMEN SANCHEZ DE MORENO y JESÚS MANUEL MORENO OMAÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad No. V-6.689.406 y V.-9.333.022 respectivamente, en su condición de Padres, domiciliados en la Aldea Pueblo Hondo, Parroquia Emilio Constantino Guerreno, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, sus derechos como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-Cujus JOSE NOEL MORENO SANCHEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-19.778.4.....