Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECLARA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA en contra del imputado HENRY RAMON RAMIREZ TORRES, de 32 años de edad, venezolano, indocumentado, titular de la cedula de identidad Nº v-16.715.750, nacido en fecha 22-12-1977, natural de Torondoy, Estado Mérida, soltero, con cuarto grado de educación primaria, ocupación agricultor, hijo de Teresa Torres (v) y de Heriberto Ramírez (v), residenciado en el Sector Brisas del río, cerca de la cancha deportiva, casa sin número, Caja Seca, Estado Zulia, teléfono 0416-3737023, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL DELITO DE HURTO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley sobre el hurto y robo de vehículos automotores, .....