Ahora bien, el Tribunal ordenó en fecha 07 de Febrero de 2012, la notificación de la demandada ciudadana SORIMAR VIRGINIA LOBO CARNEVALE, plenamente identificada en autos, a través de comisión al Juzgado de los Municipios Independencia y Libertad, quien remite resultas de la misma el 24/02/2012, indicando que se dejó la boleta en el domicilio indicado, por lo tanto la causa se encuentra para fijar día y hora para que tuviera lugar el inicio de la fase de mediación en el presente caso, sin embargo el día de la audiencia la mencionada ciudadana no se presento ni por si ni por medio de apoderado a la mencionada audiencia dándose por concluida ese mismo día la mencionada fase, por lo tanto es un hecho notorio el tiempo que debe transcurrir hasta obtener en este caso una sentencia definitiva, por lo tanto esta Juzgadora de conformidad con lo preceptuado en el artículo 387 de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño, Niña y del Adolescente, procede a fijar provisionalmente régimen de conv.....