DECISIÓN
Por las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de ESTIMACIÓN E INTIMACÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, interpuesta por el ciudadano LUIS EMIRO ZAMBRANO SULBARAN, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, titular de la cedula de identidad Nº V-10.104.605, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 109.925, actuando en su propio nombre y representación; contra de la empresa Sociedad Mercantil "PAVIMENTADORA ONICA, S.A", inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 07 de mayo de 1992, bajo en N° 7-A, Tomo 21, reformados sus estatutos sociales según acta inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 02 de junio de 1995, bajo e.....