Por las razones expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO CELEBRADO por los abogados William Francisco Moncada Rodríguez y Lynda Milagros Vivas, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-5.660.784 y V.-11.497.611 en su orden, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 28.400 y 89.947 respectivamente, con el carácter de endosatarios en procuración de la ciudadana María Cecilia Méndez Araque, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V.-3.072.885, por una parte y por la otra el demandado ciudadano Rafael Enrique Moreno Vivas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-18.354.257, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Néstor Yvan Álvarez Peña, inscrito en el Inpreabog.....