DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a TELFER CALIREZ MOLINA ALVIAREZ , venezolano, de 32 años de edad, titular de Cédula de Identidad N°. 11.502.162, casado, de oficio chofer y residenciado en la Barrio La Chinita, Casa Nr.29, Calle La Bomba, La Pedrera, Estado Táchira, por el delito LESIONES PERSONALES CULPOSAS LEVES, previsto y sancionado en el artículo 422, ordinal 1 del Código Penal, en perjuicio de JOSE DEL CARMEN BARBOZA OCHOA, colombiano, de 24 años de edad, indocumentado y residenciado el la Recta Ayari, Casa sin número, al lado de la Familia Chucho Moreno, Estado Táchira; todo conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 108 ordinal 6° del Código Penal.