En el día de hoy, Seis (06) de Octubre de 2016, siendo las diez de la mañana, presentes los ciudadanos GENESIS BRIGITTE BLANCO MORA y OMAR ALEXANDER GARCÍA GUERRERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V.-21.221.661 y V.-23.540.538, en su carácter de padres de la niña BRIANNA CAROLA GARCÍA BLANCO, acreditados en autos, para la realización de un Acto Conciliatorio en el cual se presentan de forma voluntaria en la causa de Obligación de Manutención Nro. 8918-2016. El Juez los impuso del motivo de su comparecencia y se procedió a la realización de dicho acto.- Seguidamente, el padre del niño solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue expuso: "Ofrezco la cantidad de VEINTE MIL BOLÍVARES MENSUALES (Bs.20.000,00) para la Obligación de manutención de mi hija, los cuales depositaré los primeros cinco (05) días de cada mes en la cuenta de ahorro que está a nombre de la madre de mi hija; igualmente ofrezco cancelar el 50% de los gastos médicos y medi.....