DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE por EXTEMPORÁNEO, el recurso de apelación interpuesto por las abogadas Nancy Isbelia Bolívar Portilla y Carmen Yudila García Useche, en su condición de Fiscal Provisoria y Fiscal Auxiliar Interina de la Fiscalía Décima Primera del Ministerio Público, contra la decisión dictada en fecha 07 de abril de 2014, publicada in extenso en fecha 07 de mayo de 2014, por el Abogado José Hernán Oliveros Gómez, en su condición de Juez del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio número 01, de este Circuito Judicial Penal, con fundamento en lo establecido en el artículo 428, literal "b", del Código Orgánico Procesal Penal.