Por lo anteriormente expuesto este TRIBUNAL DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD que le confiere la Ley: 1°) DECLARA CON LUGAR la aprehensión en flagrancia del imputado: FREDDY JOSE SANCHEZ MUÑOZ, titular de la cédula de identidad Nº V-12.548.378, Venezolano, indocumentado, natural de Santa Apolonia Estado Mérida, en fecha 07-11-1976, soltero, con segundo año de bachillerato, de ocupación comerciante, Maximino Sánchez (f) y Angelina Muñoz (v), domiciliado en Vía Mesa Julias, casa sin numero, al frente de la antena de transmisión de la guardia nacional como a cien metros de la Primera escuela, teléfono 0416-5716916, por cumplirse los requisitos establecidos en el artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a un Vida Libre de Violencia, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de.....