Por las razones antes expuestas, este juez dirimente, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA INHIBICION planteada por el doctor Jafeth Vicente Pons Briñez, Juez de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en cuanto al conocimiento del recurso de revisión interpuesto a favor de las penadas DAMARIS DEL PILAR LINDARTE Y FRANCYS PAREDES SOSA. Así se decide.