PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud planteada por el ciudadano JULIO
CESAR LEÓN BENTANCOURT, venezolano, portador de la cédula de identidad
N° 14.503.022, asistido de la abogada ROSAURA COROMOTO HERNÁNDEZ
RAMOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 195.345, con respecto a la
rectificación del acta N° 1755, de fecha dos (02) de abril del año mil novecientos
ochenta (1980), levantada por ante la entonces prefectura del municipio La
Concordia hoy Parroquia La Concordia, municipio San Cristóbal del estado
Táchira, en el sentido que deberá corregirse en la mencionada acta: A) El primer
apellido de su progenitora, debiendo ser lo correcto de la siguiente manera
"BETANCUR"; B) Insertar la identificación de su progenitora, con respecto al
número de ciudadanía colombiana, siendo el mismo "43.801.678", por cuanto fue
omitido para el momento de la transcripción de la mencionada acta. En
consecuencia corríjase como se indica.