Visto el contenido del acta celebrada en fecha 30 de Marzo del 2.017, mediante el cual el ciudadano FRANCISCO JOSE ANTEQUERA OLIVARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.308.473, parte demandante, asistido por la abogada en ejercicio SAMIA HARB AYOUBI, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 44.385, por una parte, y por la otra la ciudadana YOLANDA GOMEZ DE GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.673.981, actuando con el carácter de Vicepresidente de la parte demandada, Sociedad Mercantil OPTICA SELECTA S.R.L., inscrita ante el Registro Mercantil Tercero del Estado Táchira, en fecha 09 de Julio de 1979, bajo el N° 43, Tomo 5-A, con posteriores modificaciones en fecha 28 de Enero de 2.013, bajo el N° 46, Tomo 4-A RM 445, asistida por el abogado en ejercicio JOSE GREGORIO VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.643, mediante el cual manifiestan su voluntad de TRANSAR, y por cuanto se observa que el mismo no e.....