DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones de la Sección Penal del Adolescente en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Miguel Eduardo Niño Andrade, en su carácter de Defensor Privado del adolescente M. A. J. S. (Se omite por disposición de ley).
SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 05 de diciembre de 2016, y publicada el 21 del mismo mes y año, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección Penal del Adolescente de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual, entre otros pronunciamientos declara responsable M. A. J. S. (Se omite por disposición de ley), por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, e impone como sanción definitiva privación de liber.....