PRIMERO: LA CONFESION FICTA del ciudadano YILMER JOSE HERNANDEZ QUINTANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.133.738 y con domicilio en el Municipio Capacho Viejo del Estado Táchira.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN (AUMENTO), presentada por la ciudadana NIURKA NAYARI RIVERA GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.086.002 y domiciliada en el Municipio Capacho Viejo del Estado Táchira, contra el ciudadano YILMER JOSE HERNANDEZ QUINTANA, ya identificado.
TERCERO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de CUATRO MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 4.500,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario en la cuenta de ahorros aperturada para tal fin, a partir del mes de Octubre de 2015.
CUARTO: En cuanto a los gastos de la temporada de inicio escolar en Septiembre, la temporada decembrina, así como los gastos de asistencia médica y de me.....