1.- PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO, interpuesto por las abogadas IRAIRES ANTONIA SÁNCHEZ MOLINA, MARISELA RONDON PARADA Y SHIRLEY MARIA CARVAJAL PRATO, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-5.446.558, V-11.109.000 y V-13.816.580, en su orden e inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado Bajo los Nros. 54.740, 58.528 y 97.384, respectivamente, en su condición de apoderas judiciales del ciudadano PEDRO ARNULFO GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.061.652, propietario del fondo de comercio DISTRIBUIDORA KOREA, en consecuencia se ANULAN