PARTE DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho supra trascritas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda interpuesta por el ciudadano MAURICIO ANTONIO DAZA BUENO, asistido por el Abg. Gerardo Augusto Nieves Pirela, en contra del ciudadano RAFAEL ANTONIO MACHUCA, por Resolución de Contrato de Arrendamiento.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte perdidosa de conformidad a lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
SEXTO: Notifíquese a las partes de la presente decisión.