ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NO. 5 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: SE ADMITE totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público, en contra del ciudadano RUIZ RAMIREZ RAMON EDUARDO, de nacionalidad Venezolana, natural de Valera, Estado Trujillo, de 20 años de edad, nacido el día 19-11-1986, de estado civil Soltero, de profesión u oficio presta servicio militar, Titular de la cedula de Identidad Nº V-18.456.982 y residenciado en La Floresta Calle Principal, casa N° 20, de color verde, Valera, Estado Trujillo, por la comisión del delito de HURTO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el artículo 1 en concordancia con el articulo 2 numeral 3° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano TONY ALBERTO DITA MACHUCA, ya que existen fundamentos serios para el enjuiciamiento del imputado con base a lo.....