Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, ciudadanas MINERVA NATHALIE PAREDES MORENO y KARINA THAIS DA SILVA REY, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V- 18.208.709 y V- 18.090.553 en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidas. Y visto el escrito presentado por el ciudadano OSWALDO JOSE HERNANDEZ RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-19.360.868, asistido por la ciudadana LINNKA COLINA, abogada en ejercicio inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 63.371, en el cual expone que el día (26) veintiséis de julio de 2.016, falleció quien fuera su Padre el ciudadano, GREGORIO HUMBERTO HERNANDEZ VEJAR, quien era Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-9.228.711, según certificación expedida por la Dr. Carlos Camargo tal y como se evidencia del Acta de Defunción Nº 1544 expedida por la Registradora Civil del Municipio S.....