Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, en su única Sala del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Mayela Ramírez de Briceño, en su carácter de defensora pública penal de los ciudadanos Jairo Alfonso Álvarez, José Manuel Gáfaro y Héctor Eslava Burgos.
SEGUNDO: ANULA TOTALMENTE la decisión dictada en fecha 04 de diciembre de 2008, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nro.3, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la solicitud de conversión de multa que le fuera impuesta a los referidos penados, por trabajo comunitario a los penados ciudadanos Jairo Alfonso Álvarez, José Manuel Gáfaro y Héctor Eslava Burgos.
TERCERO: ORDENA que un Juez distinto al que dictó la decisión aquí anulada, dicte nuevo.....