Ahora bien, como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, desde el día 30 de junio de 2015, la parte demandante no ha impulsado el procedimiento, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido suficientemente el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS DERECHOS LABORALES, incoara por el ciudadano RODOLFO ANTONIO CAMARGO, venezolano, con cédula de identidad Nº 13.399.635, en contra de la empresa MM INGENIERÍA-CONSTRUCCIÓN-SERVICIOS, C.A, representada por el ciudadano JORGE ELICER MALDONADO NOGUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº1.581.583, Dado, firmado y se.....