Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, le imparte su homologación al desistimiento realizado por la abogado Trina Omayra Guerrero, titular de la cédula de identidad N° V.-3.996.993 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 31.154, actuando con el carácter de co-apoderada judicial de la parte demandante ciudadano Jairo Humberto Rojas Guerrero. En consecuencia, Se da por consumado el desistimiento de la acción (cumplimiento de contrato), y se ordena el desglose de los documentos originales consignados a los folios 06 al 09, 15 al 25 dejando en su lugar copia certificada de los mismos en el expediente y se ordena el archivo del expediente.