En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS LA PRESENTE ACCIÓN DE AMPARO interpuesta por la abogada Betty María Enriqueta Dávila, actuando con el carácter de apoderada de la sociedad mercantil DEPÓSITOS ADUANEROS IN BOND OROPE, C.A. (DAIBOCA); de los ciudadanos Jorge Luis Cardona Urrea, Carlos Jesús Altimari Gasperi, Elsie Teresa Schmilinski Moreno, y de la sociedad mercantil TRANSPORTE BONVINI COMPAÑÍA ANÓNIMA (TRABONICA), contra el auto de fecha 07 de marzo de 2012 dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.