ÚNICO: Se declara INADMISIBLE la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el ciudadano CARLOS EDUARDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.788.498, en contra del auto del 9 de abril de 2015 dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, por ser presuntamente violatorio a sus derechos constitucionales de seguridad agroalimentaria, garantía del juez natural, derecho a la igualdad y derecho a la defensa, cometido en el expediente N° 882/2010 del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
Por cuanto se trata de un amparo contra actuaciones judiciales, no hay condenatoria en costas.
Publíquese esta sentencia en el expediente N° 3.131 y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsit.....