En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO MIXTO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: DECLARA CULPABLE POR UNANIMIDAD al acusado LESTER WIL GARCIA VIVAS, de la comisión de los delitos de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal y DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos.
SEGUNDO: CONDENA al acusado LESTER WIL GARCIA VIVAS, ya identificado, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, así como las accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal y DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos.
TERCERO: EXONERA EN CO.....