ÚNICO: Se DECLARA COMPETENTE para conocer de la presente causa a la Jueza Unipersonal Nª 3 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
De conformidad a lo establecido en el artículo 75 del Código de Procedimiento Civil, remítanse inmediatamente con oficio copia computarizada certificada de la presente decisión a la Jueza Unipersonal Nª 3 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
Publíquese esta sentencia en el expediente Nº 1.736 y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los veintinueve (29) días del mes de enero del año dos mil ocho. Años 197º de la Independenci.....