La indicación de los signos característicos del concepto de orden público, esto es, la necesidad de la observancia incondicional de sus normas, y su consiguiente indisponibilidad por los particulares, permite descubrir con razonable margen de acierto, cuándo se está o no en el caso de infracción de una norma de orden público."
Así las cosas, resulta contrario al orden público e incluso a disposición expresa de la Ley, lo pretendido por el Actor Demandante DIEGO RAMIREZ SUAREZ, asistido por el profesional del derecho JOSE OMAR SANCHEZ QUIROZ, en cuanto a que se le condene al ciudadano FREDDY ABEL SANTOS, todos ya identificados, a la Protocolización del Documento de Propiedad sobre el descrito bien inmueble, ante la Oficina de Registro Público del Municipio Bolívar del estado Táchira, pues se trata de una persona extranjera que debe cumplir con los requisitos que exige la Ley especial; por lo que resulta forzoso para este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del.....