este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud que por Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado, interpuesta por los ciudadanos: JOSE FULGENCIO VARGAS ANDRADE, JOSE ALEJANDRO VARGAS USECHE, YOLANDA DEL CARMEN MANCHEGO SOTO, YONI ALEXANDER SOTO MANCHEGO, ENDER GONZALO SOTO MANCHEGO y YEINI YORLEY SOTO MANCHEGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V.- 8.110.018, V.-18.255.632, V.-6.785.286, V.-19.976.830, V.-19.976.829 y V.-23.827.210, en su orden, entre las partes: vendedores y compradores; en consecuencia, Reconocido Judicialmente el documento privado promovido en el presente proceso.