este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO
ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y
TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA,
Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
Autoridad de la Ley, se DECLARA INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para
conocer la solicitud presentada por el ciudadano JOSE OMERO PARRA DURAN,
venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V- 11.111.847,
asistido de los abogados en ejercicios DELXIDRE JOSEFINA TORRES SANGUINO Y
HERNANDO JAIMES CASTELLANO, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 162.119 y
157.231, con motivo de solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN y
DECLINA la competencia al Tribunal (Distribuidor) de Municipio Ordinario y Ejecutor de
Medidas de los municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del
Estado Táchira, por los razonamientos antes expuestos, a los fines de su distribución y
posterior conocimiento.