Por las razones expuestas este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, entre los ciudadanos EIRA SOCORRO AÑEZ CHACON y ALVARO JAVIER BECERRA MALDONADO, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad N° V-9.223.278 y V-8.104.950, respectivamente, mayores de edad, de este domicilio, asistidos en este acto por la Abogada en ejercicio DALIA FERNANDA MARQUEZ AÑEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 181.917, respectivamente, acto que consta en Acta de Matrimonio N° 223 del año 2002, la cual reposa en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por el Registro Civil de la Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal y por el Registro Civil Principal, ambos del estado Táchira.