PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede civil, DECLARA:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la denuncia incidental de fraude procesal, interpuesta por los ciudadanos HENED AISSAMI DE AL KATHIB y NABIL AL KATHIB AYSAMI, venezolanos, mayores de edad, de estado civil casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V.- 30.056.515 y V.- 15.242.176, domiciliados en el Municipio San Cristóbal, estado Táchira y hábiles, a través de sus apoderados judiciales abogados ADIB ALEXANDER BEIRUTI CASTILLO, ADIB BEIRUTI BRACHO y GERARDO AUGUSTO NIEVES PIRELA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 232.974, 152.061 y 56.434, con fundamento en el artículo 17 del Código de Procedimiento Civil,
SEGUNDO: SE DECLARA INEXIST.....