CAPÍTULO V
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Declara CULPABLE, al ciudadano: RAFAEL ANTONIO CACIQUE RINCON, plenamente identificado, por el delito de VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado en el encabezamiento y tercer aparte del artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en concordancia con el articulo 65 numeral tercero, en agravio de la niña E.A.C.U, (se omite su nombre por razones de ley) SEGUNDO: En consecuencia se condena a cumplir la pena de VEINTE (20) AÑOS DE PRISON y la accesoria de ley prevista en el artículo 66 numeral 2, relativa a la inhabilitación política. TERCERO: No se condena en Costas Procésales al ciudadano RAFAEL.....