En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
Primero: Decreta el Ejecútese del la sanción impuesta, al adolescente IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA; fue sancionado a cumplir la medida de LIBERTAD ASISTIDA POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO Y OCHO (08) MESES y simultáneamente SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de seis (06) meses con una jornada de cuatro (04) horas semanales; por la comisión de los delitos de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTENCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de El Estado venezolano, y APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL DELITO, previsto en el artículo 9 de la Ley Contra el Hurto y Robo de Vehí.....