este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y estando en la oportunidad procesal para pronunciarse sobre la admisibilidad de la misma, de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, considera que en la presente demanda por el Pago de los salarios correspondientes al Pre y Post Natal y Gastos Médicos solicitados por la ciudadana YAJAIRA ALEJANDRA MANOTAS URBINA, titular de la cédula de identidad Nro.V-13.366.976, contra LA ASOCIACIÓN CIVIL SERVICIOS UNIVERSITARIOS PROVEEDURÍA, en la persona de Presidente ciudadano FRANCISCO CHUECA MAIER FISCHER WERNER, titular de la cédula de identidad Nro.V-13.801.827, hay falta de Jurisdicción frente a la Inspectoría del Trabajo, en virtud de que la trabajadora goza de inamovilidad laboral, tal como lo establece el artículo 384 de la Ley Orgánica del Trabajo y todavía se encuentra trabajando para la mencionada asociación, por lo que la relació.....